Ley Humanitaria salvó más de 56 000 empleos en el país, informa presidente Moreno.

El presidente Lenín Moreno se dirigió al país este viernes 4 de septiembre del 2020 por medio de una cadena nacional. En ella, el Primer Mandatario se refirió a la situación del empleo en el Ecuador.  De acuerdo con el Presidente, la Ley de Apoyo Humanitario, que fue enviada a la Asamblea en medio de la emergencia sanitaria por el covid-19, salvó más de 56 000 empleos. Moreno hizo la afirmación con base en cifras que le fueron remitidas por el Ministerio del Trabajo.  “La reducción de la jornada fue la solución para las empresas que hicieron esfuerzos por seguir adelante”, dijo Moreno quien añadió que “además facilitamos la creación de 104 000 nuevos empleos”.  Según Moreno, “los resultados son evidencia de que vamos por el camino correcto hacia la reactivación económica del país. Más fuentes de empleo significan más ingresos y más bienestar para las familias”, dijo antes de concluir su mensaje. 

La Asamblea Nacional aprobó el pasado 15 de mayo del 2020 la Ley Humanitaria con 74 votos de entre 137 asambleístas presentes. En texto aprobado excluyó contribuciones de empleados y empresas para paliar la crisis, conforme lo solicitó en la víspera de la votación el presidente Moreno para allanar el camino a los consensos.  El capítulo relacionado con una cuenta humanitaria también quedó fuera del texto aprobado. La Ley de Apoyo Humanitario entró en vigencia desde el 22 de junio pasado. La norma permite que empleadores y trabajadores lleguen a acuerdos para modificar las condiciones económicas de la relación laboral; faculta a los empleadores a que, en caso de fuerza mayor, puedan reducir hasta el 50% la jornada laboral y los sueldos hasta el 45%; y también se creó un nuevo contrato especial emergente con jornadas de 20 a 40 horas semanales. La leyse compone de cuatro capítulos y 23 disposiciones transitorias e incluyó una disposición interpretativa para el numeral 6 del artículo 169 del Código de Trabajo. “En estos casos, la imposibilidad de realizar el trabajo por caso fortuito o fuerza mayor estará ligada al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador, sea persona natural o jurídica”, precisó el texto.

Fuente informativa: ElComercio.com
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