Corre plazo de deducción de Impuesto a la Renta pese a ‘error’ en la norma recién publicada

Hasta el 31 de enero próximo corre el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia efectúen la deducción de gastos personales.

Se trata de un trámite que se realiza cada año para reducir impuestos a través de las facturas de alimentación, salud, educación y vestimenta.

Sin embargo, en el 2020 hay cambios e incertidumbre luego de la entrada en vigencia de la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria.

La nueva ley indica que las personas que tienen ingresos netos mayores a $100 000 ya no podrán hacer la deducción de sus gastos personales, a excepción de los relacionados con enfermedades catastróficas.

Adicionalmente, la objeción 1 del veto del Ejecutivo llegó con problemas que no fueron detectados por los asambleístas. En la objeción se manda a eliminar el inciso 1 del artículo 10 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (Lorti), cuando lo correspondiente era sustituir el inciso 2.

Así se eliminó lo correspondiente a deducción de gastos a través de comprobantes.

La Asamblea buscará enmendar el error. El asambleísta Patricio Donoso (CREO), quien es miembro del Consejo de Administración Legislativa (CAL), dijo que se podría realizar una fe de errata. Agregó que es clara la intención con la que se aprobó la normativa.

Entre tanto, Gabriela Larreátegui, de SUMA, manifestó que la fórmula sería aprobar una ley interpretativa.

En todo caso, hasta que se arregle el tema, la base imponible del IR de personas naturales subió de $11 310 en 2019 a $11 315 en 2020.

Esto significa que quien gane hasta $1041,32 mensuales, incluidos sobretiempos y comisiones, no pagará impuesto a la renta (IR) en 2020.

Se podrá deducir hasta $3677,37 en alimentación, educación, vivienda y vestimenta; y solo en salud el valor a deducir puede llegar hasta la mitad del total de ingresos anuales de un trabajador, sin exceder los $14 709,50 para este año.

Gastos

En el rubro de salud, si los gastos son por enfermedades catastróficas, raras o huérfanas , el tope será de $22 630 para 2020, según la Ley de Reactivación Económica. Entre el 10 y el 28 de febrero se debe presentar el anexo de gastos personales del 2019 para quienes proyectaron gastos al menos de $5655. (I)

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