Sustituir al Cpccs implica Legislativo de dos cámaras
La eliminación del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) o su facultad de designar autoridades ocasionaría que esa atribución regrese a la Asamblea. Esta propuesta reposa en la Corte Constitucional (CC) y abrió el debate sobre la necesidad de un cambio en el Legislativo hacia un modelo con dos cámaras. El Comité para la Institucionalización Democrática pidió a la Corte Constitucional que defina si este cambio debe ir como reforma parcial a la Constitución, ya que este grupo busca la eliminación del Cpccs y que la designación de autoridades de control la realice una Asamblea con representantes y senadores. Un Legislativo bicameral tendría menos asambleístas. Además, para la postulación se exigirían mayores requisitos que los que hay en la Constitución. Esa nueva Asamblea mantendría los concursos de mérito y oposición que realiza el Cpccs y estarían a cargo de la cámara de representantes. Pablo Dávila, coordinador del Comité, señaló que el concurso lo realizará una comisión integrada por delegados académicos del Senado. A ellos se sumarán integrantes de la Cámara de Representantes. En ese espacio también se organizará la veeduría ciudadana para que siga el proceso completo. La fase de impugnación será ante el Senado. Este último sería el encargado de designar a las autoridades. La posibilidad de una Asamblea bicameral vuelve a discutirse 41 años después de que la Constitución de 1978 estableciera que el modelo en el Ecuador es el de una sola cámara. El historiador Enrique Ayala Mora señaló que desde su fundación como República en 1830, el país adoptó el modelo de una sola cámara en el Congreso. Entre 1852 y 1945, el Ecuador adoptó un modelo bicameral. Entre 1945 y 1946 se optó por un Congreso. En 1947 se volvió a instituir un legislativo con diputados y senadores hasta 1970, cuando Velasco Ibarra se declaró dictador. En esa década le sucedieron dos dictaduras militares hasta 1978, cuando la nueva Constitución volvió al modelo unicameral. El argumento para retomar la unicameralidad a finales de los 70 fue que había demasiados legisladores. La propuesta del Comité plantea que los senadores tengan facultades como la de aprobar los tratados internacionales, conocer y resolver los juicios políticos y designar a las máximas autoridades. También tendría que autorizar el juicio penal al Presidente de la República y ser parte de la elaboración de las leyes. Los representantes tendrían que iniciar los juicios políticos que resuelvan los senadores, intervendrían en la designación de autoridades con los mecanismos de participación ciudadana, concederían amnistías e indultos y también trabajarían en la formación de leyes. El pedido para que la Corte Constitucional (CC) se pronuncie sobre el mecanismo que debe adoptar el Comité para la reforma parcial de la Constitución, con la que se eliminaría el Cpccs y se reestructuraría la Asamblea, está a cargo del juez Enrique Herrería. Jorge Benavides, constitucionalista, refirió que en ese pedido, el planteamiento sobre exigir mayores requisitos para los candidatos podría afectar el derecho consagrado en la Constitución para elegir y ser elegidos. El artículo 119 de la Constitución establece que para ser asambleísta se requiere la nacionalidad ecuatoriana, haber cumplido 18 años y estar en goce de los derechos políticos. Benavides dice que la CC puede interpretar el cambio como una vulneración, al imponer una nueva edad, pedir título universitario (a los senadores) y determinados años de experiencia para ejercer el cargo. “Si la CC lo interpreta así, el camino para esa reforma ya sería una Asamblea Constituyente”, señaló. En la Asamblea hay posiciones diversas. Para el presidente César Litardo (AP), la bicameralidad haría más complejo el tratamiento de los proyectos. También dijo que aumentaría la burocracia. Para Patricio Donoso (Creo), vicepresidente de la Asamblea, permitiría filtrar de mejor manera los temas que deben tratarse.
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