Revés judicial al CNEL por la lectura de planillas errática

A más del problema originado por el cobro excesivo en las planillas de luz con el consiguiente perjuicio para miles de consumidores, la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL EP) debe resolver un enredo jurídico en materia de contratación pública por el servicio de lectofacturación adjudicado para atender a cerca de 1,4 millones de clientes.
La empresa pública ha reconocido no solo que hubo errores en la lectura del consumo de energía -aumentando injustificadamente el cobro a los ciudadanos-, sino que decidió facturar sobre la base de promedios anteriores. Judicialmente ha sido obligada a devolver a los usuarios lo cobrado en exceso. Pero además afronta otra orden judicial que deja sin efecto la terminación del contrato del que surgió la errática lectura de planillas.
La entidad designó a Proyelect Holding para que se hiciera cargo del servicio de lectofacturación, después de que el pasado 31 de enero resolviera terminar de manera unilateral y anticipada el contrato que en enero de 2018 había firmado con Sercoel S.A., por $ 12’086.018,88, con un plazo de dos años.
Esa decisión administrativa, tomada durante la gestión de Wilfrido Veintimilla, anterior gerente general de CNEL EP, implicó el cobro de multas a la contratista por $ 1’378.449,13.
Pero, ayer, una sala especializada de la Corte Provincial del Guayas ratificó la sentencia de un juez de primera instancia, dictada el pasado 11 de marzo, que declaró con lugar una demanda de acción de protección con medida cautelar en contra de CNEL EP y Sercoel. Es decir, el fallo dejó sin efecto todas las acciones administrativas que daban por terminado el contrato suscrito en 2018.
La demandante es Orbiscorp S.A., empresa que había sido subcontratada por Sercoel para el suministro de equipos y servicios tecnológicos. Según la sentencia, “la legitimada pasiva deberá restituir los valores que por concepto de multas hubiera impuesto en contra de la compañía Orbiscorp, a consecuencia de la ejecución del contrato en cuestión”.
Orbiscorp se encargó de dotar a Sercoel de dispositivos móviles o PDA y de la licencia de uso de software para lectofacturación, así como de la conexión a internet con banda ancha y la entrega de impresoras para el papel térmico. Por ese trabajo debía recibir el 40,06 % ($ 4’841.654,16) del valor del contrato por $ 12,1 millones que suscribieron su contratante (Sercoel) y CNEL EP. EXPRESO buscó, sin éxito, una entrevista con Santiago Serrano, representante legal de la empresa subcontratista.
Pero ese no es el único embrollo legal en torno a la contratación del servicio de lectofacturación. CNEL también debió rendir cuentas al Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).
El 20 de noviembre de 2018, cuando estaba en análisis la terminación del contrato con Sercoel, el Sercop conminó a la empresa pública a presentar, en el plazo de tres días, los justificativos técnicos y legales y los descargos pertinentes ante un reclamo sobre una presunta duplicidad en la adjudicación de contratos para prestar el servicio de lectofacturación.
Sercoel, la empresa contratada para ese fin, denunció que CNEL EP “habría realizado, a través del catálogo electrónico que administra Sercop, la contratación del servicio de toma de lectura y entrega de facturación dentro de los sectores que se encuentran contemplados en el contrato RE-CNELCORP-027-17 (firmado con Sercoel).
Según la denuncia, las unidades de negocio de El Oro, Guayaquil, Milagro y Esmeraldas han realizado dicha acción por medio del catálogo electrónico, mientras que la de Sucumbíos la habría realizado a través de otro proceso de contratación. El Sercop recomendó a las autoridades de la empresa pública “no continuar con ningún tipo de proceso de contratación que tenga como objeto el servicio de lectofacturación”. Este Diario solicitó al órgano rector de la contratación pública detalles sobre el informe presentado por CNEL EP, pero la respuesta fue que esa información es responsabilidad de la entidad contratante. CNEL EP no respondió a un requerimiento de EXPRESO, enviado el pasado 6 de junio, para que proporcione detalles sobre las implicaciones del fallo judicial que deja vigente el contrato con Sercoel y sobre la presunta duplicidad en la adjudicación de contratos.
Ruptura contractual
Decrecimiento
Uno de los argumentos de CNEL para terminar el contrato con Sercoel fue que el porcentaje de facturas entregadas en las cinco unidades de negocio decreció en el 2018 respecto de 2017. Esto implicó, según la entidad, el no pago a tiempo de las obligaciones del servicio eléctrico por parte del cliente.
Multas
El monto de multas que impuso la empresa pública a la contratista fue de $ 1’378.449,13, que equivale al 11,41 % del monto total del contrato (superaba el 5 % que establece la ley). Aparte de ello, CNEL notificó a Sercoel sobre 23 tipos de incumplimientos en los que había incurrido.
No hubo respuesta
EXPRESO envió a las autoridades de CNEL EP un cuestionario de preguntas que, hasta el cierre de este artículo, no fueron respondidas.
Pregunta 1: ¿CNEL EP acatará la resolución judicial que deja sin efecto la terminación del contrato firmado con Sercoel y qué acciones tomará la entidad?
Pregunta 2: ¿Por qué el contrato con Proyelect no figura dentro de los procesos de contratación en el portal de Compras Públicas?
Pregunta 3: ¿Cuáles son los nombres de las empresas que conforman el consorcio Proyelect, y quién es su representante legal?
Pregunta 4: ¿En qué fecha se firmó el contrato con Proyelect Holding, cuál es su monto y el plazo de ejecución del contrato?
Pregunta 5: ¿Qué respondió CNE al Sercop sobre la denunciada duplicidad de contratos y, en caso de haberse realizado esas contrataciones por catálogo electrónico, cuáles fueron los contratistas y cuáles fueron los montos de los contratos?
EL EXPRESO