Un registro de los violadores para evitar que sean docentes
Llega a la Asamblea la propuesta de creación del catastro. Constará el nombre y los datos filiales. Estará a cargo del Ministerio del Interior y será reservado.
El objetivo es la prevención. Las cifras sobre delitos sexuales en contra de niños, niñas y adolescentes en el país son preocupantes, y ahora se busca establecer medidas de prevención. En tal sentido, la Comisión de Justicia de la Asamblea aprobó el 2 de mayo el informe para primer debate del proyecto de creación del Registro Nacional de Violadores, Abusadores y Agresores Sexuales de niñas, niños y adolescentes.
Los delitos sexuales en contra de los menores ocurren con frecuencia en el Ecuador, según datos de la Fiscalía, y que constan en el informe, se determina que entre 2016 y 2017 se reportaron 9.482 denuncias por abuso sexual, de estas en el 2017, 1.256 son por abusos sexuales a menores de 14 años. Así mismo, el Ministerio de Educación determina que desde 2008 hasta octubre del 2017 se contabilizó 919 denuncias de violencia sexual en espacios educativos, lo que equivale a un promedio de 102 casos cada año. Del total, el 51 % (469) fueron cometidos por docentes.
Ante esta realidad, el Registro busca crear y mantener una base de datos con los nombres y datos filiales de todas aquellas personas condenadas con sentencia ejecutoriada por delitos en contra de la integridad sexual y reproductiva de niños, niñas y adolescentes.
La asambleísta Lourdes Cuesta (independiente), vocal de la Comisión y proponente del proyecto, dijo que la finalidad, a más de la prevención, es que sea una herramienta que permita que personas que han cometido este tipo de delitos queden inhabilitadas para trabajar en actividades que tengan relación directa con este grupo vulnerable. En el informe se determina que la inhabilitación será de por vida.
El registro estará a cargo del Ministerio de Interior y será reservado. Las personas que quieran trabajar con menores deberán pedir una certificación de no constar en dicho registro.
“Se ha tomado la legislación de otros países y se la ha adaptado a la normativa y realidad ecuatoriana. En Estados Unidos, desde 1996 está en vigencia la Ley Megan, donde incluso es más drástica, ya que una persona que ha cumplido una condena por un delito de índole sexual contra menores de edad tiene que informar a todos los vecinos del barrio dónde va a vivir, en qué casa y cuál fue el delito que cometió para que todos estén alerta”, afirmó Cuesta. Leyes similares hay en Uruguay, Argentina, El Salvador, Canadá, Australia, Colombia, Chile.
¿La norma podría violar derechos? Para María Dolores Miño, del observatorio de Derechos Humanos y Justicia, el tema debe ser estudiado detenidamente. A su criterio, habrá quienes piensen que sí, pero considerando que quienes salen de las cárceles por esos delitos no salen rehabilitados, la norma sería muy eficaz para la prevención de un grupo tan vulnerable.
El dato
Registro. Tendrá el nombre, fotografía, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, cédula, lugar de domicilio, delito cometido, lugar del delito, huellas, ADN.
Voces
Lourdes Cuesta, Asambleísta independiente
Aquí no hay ningún tipo de violación de derechos porque no existe discriminación. Estamos poniendo una restricción con el trabajo directo con menores, en lo demás puede trabajar.
María Dolores Miño, del observatorio de Derechos Humanos y Justicia
En el ámbito educativo son personas que tienden a reincidir, volverá hacer con otros niños con otro contexto y lo más prudente es alejarlo de esos círculos, no habría violación de derechos.
Amparo Molina, vocera del caso Aampetra
Hay que realizar un perfil de estas personas porque el sistema de rehabilitación no permite una rehabilitación y estas personas no cambian. El registro será muy importante.
EL EXPRESO