Fórmula para destituir asambleístas se discute

La destitución de Ana Galarza posiblemente sea la última que se sustentó en el artículo 164 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.   La Comisión de Justicia de la Asamblea presentó el informe para primer debate de esa norma e incluyó varios cambios en el proceso para separar a un parlamentario. Los legisladores que integran la Comisión de Justicia coincidieron en que se debe reformar el actual sistema. Las falencias más importantes están en la conformación de la Comisión de Investigación, las causas para separar de su cargo a alguien y el número de votos requeridos para ejecutar la destitución. Este momento, la investigación está a cargo de una comisión temporal que es conformada por tres miembros: uno de la bancada que presentó la denuncia; otro es un compañero del parlamentario investigado y un tercero denominado independiente. Elio Peña, representante de Pachakutik, aseveró que es necesario impulsar la creación del comité de ética, para que investigue estos casos y que estará conformado por cinco miembros, representantes de las fuerzas políticas de la Asamblea. Marcela Aguiñaga, de la Revolución Ciudadana, propuso que las minorías jueguen un rol importante en este proceso y se les entregue la presidencia del comité. Este comité podrá investigar de oficio las denuncias contra los legisladores, pero los integrantes serán permanentes. La actual comisión investigadora cambia de miembros de acuerdo con el asambleísta indagado. Además, no puede conocer todos los temas sino solo los que Pleno autorice. Así sucedió en las destituciones de las exlegisladoras, Ana Galarza, de CREO; Sofía Espín, de la Revolución Ciudadana y Norma Vallejo, de Alianza PAIS. Aguiñaga recalcó que es necesario cambiar las causas por las cuales un legislador es separado de su cargo. Actualmente existen siete causales para la destitución y no se habla, por ejemplo, de los cobros a sus asesores, llamados “diezmos”. El asambleísta del Partido Social Cristiano-Madera de Guerrero (PSC-MG), Henry Cucalón, dijo que además de reformas a las causales para la destitución, se debe regular el número de votos necesarios para hacerlo. La cifra no estuvo clara en la destitución de Sofía Espín, la primera asambleísta separada bajo el artículo 164. Una moción pidió 91 votos, pero luego se cambió a 71. No obstante, esa cifra debía sustentarse en la Ley Orgánica de la Función Legislativa. La propuesta de la Comisión de Justicia es que las dos terceras partes del Pleno decidan el futuro del funcionario. Es decir, 91 votos de los 137 legisladores. Este porcentaje ya se estableció en la Constituyente de 1998, pero se lo eliminó en la Carta Magna aprobada en Montecristi. Por eso, los comisionados creen que se debe retornar a los 91 votos para la destitución y los mismos para autorizar el inicio de una instrucción fiscal, que implique levantar la inmunidad parlamentaria. La mayoría de los asambleístas de la Comisión de Justicia apoyan los cambios que serán parte de la propuesta para el primer debate de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Se estima que sea aprobada hasta mayo próximo. (I) Lectura estimada: 3 minutos Contiene: 502 palabras Visitas: 270 Tags: Ley de la Función Legislativa reformas destitución asambleístas Enlace corto: 

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