Los cuatro principales cambios que tendría la cédula de identidad ecuatoriana

La posibilidad de que los padres decidan el orden de los apellidos de sus hijos y que el ciudadano decida a qué género pertenecer son algunos de los cambios que impulsa el proyecto de Ley del Servicio Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles. El informe de esta propuesta fue aprobado la semana anterior por la Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio, y entraría a segundo debate en el pleno de la Asamblea Nacional, en los próximos días.

En cuanto al género, la asambleísta Alexandra Ocles, integrante de la comisión, explicó que en la cédula ya no constaría sexo sino género, consolidando el derecho a la identidad sexual de las y los ecuatorianos.

La propuesta busca consolidar el Documento Nacional de Identificación (DNI), que reemplazaría a la actual cédula de ciudadanía. Establece tres tipologías distintas; el documento de nacido vivo será el registro personal único, cuyo número asignado es definitivo y será el mismo del documento nacional de identificación y en el que se asentarán los datos de identidad de las personas naturales y los principales hechos civiles que afecten su estado o condición.

El documento tendrá datos como el número de registro, nombres y apellidos, tipo de sangre, género, fecha de expedición y caducidad que será de cinco años. En el nuevo formato no se incluirá el nivel de instrucción, porque puede ser objeto de discriminación,ni el estado civil. Estos datos estarán en el registro personal único.

En el DNI, el orden de los apellidos puede ser modificado siempre y cuando haya acuerdo entre el padre y la madre, caso contrario se mantendrá el orden como tradicionalmente se ha hecho.

Otro de los puntos que resalta el proyecto es la reforma a la institucionalidad de la Dirección General de Registro Civil transformándolo en servicio, a través de la creación del Sistema Nacional de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.

Según el presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Richard Calderón, la normativa vigente data de 1976 y no tiene armonía, ni concordancia con la Constitución del 2008.

“Aprovechando la tecnología, por ejemplo, los médicos que participen en el parto tendrán a mano toda la logística y estructura tecnológica para realizar el registro inmediato del recién nacido”, explicó el funcionario. Asimismo, en el caso de los niños y niñas que nacen en territorio extranjero, de padres ecuatorianos, tendrán acceso a la conectividad necesaria para que estos trámites se realicen con la agilidad necesaria.

 

Fuente: Ecuavisa