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En la Corte Constitucional se define el juicio político de Glas

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el domingo, 17 de diciembre del 2017, el pedido de la oposición de enjuiciar políticamente al vicepresidente Jorge Glas, 49 días después de que fue presentado por el asambleísta Roberto Gómez (Creo). Sin embargo, según indicó el legislador Luis Fernando Torres (PSC-Cambio), una vez que el Segundo Mandatario pierda su cargo, a partir del 2 de enero del 2018, el proceso quedará sin efecto. En esa fecha, el Vicepresidente cumplirá tres meses de ausencia temporal en sus funciones, dando paso a que se consume el abandono del cargo. Tras lo cual deberá ser reemplazado, después de que la Corte Constitucional (CC) compruebe que ha transcurrido dicho tiempo desde que ingresó a prisión preventiva. Es justamente este mismo organismo al que se enviará el expediente sobre el enjuiciamiento político. José Serrano, presidente de la Asamblea Nacional, confirmó que dispuso a la Secretaría General que prepare los documentos y los remita a la CC la mañana del lunes, 18 de diciembre.  Una vez admitido a trámite el proceso de juicio político, la Corte debe emitir un dictamen de admisibilidad. Es decir, que certifique que sí hay indicios de que el Vicepresidente está inmerso en una de las tres causales consti­tucionales para ser enjuiciado políticamente. Este caso recae en la segunda causal, establecida en la Constitución: por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito. La CC deberá sortear la causa, para lo cual no existe un plazo legal. Pero el Pleno del organismo, una vez que encargue el proceso a un juez, tendrá cinco días para tomar una decisión. Si el dictamen es favorable, el proceso regresará al Legislativo para ser tramitado por la Comisión de Fiscalización y, de obtener un informe favorable, iría finalmente al Plenario. En estas dos últimas instancias Glas tiene el derecho a presentarse para ejercer su defensa, pero no podrá delegarla. Patricio Donoso (Creo), vocal del CAL, advirtió que tanto la Corte, como la Comisión de Fiscalización, pueden agilitar el proceso. Por lo que confía en que, “si se quiere, se puede” finalizar el enjuiciamiento contra Glas antes de que se declare el abandono del cargo. Serrano, por su parte, prefirió no pronunciarse sobre supuestos y afirmó que es mejor que cada proceso (penal y político) se lleve a su debido tiempo. Y, aunque la calificación llegó cuatro días después de que el Segunda Mandatario fuera sentenciado a seis años de prisión por asociación ilícita, en el caso Odebrecht, el Presidente de la Asamblea descartó que tenga alguna conexión. “Bajo ningún punto de vista la Legislatura podía prestarse para hacer un show mediático de los procesos”, indicó y agregó que “hemos sido muy respetuosos de que la Función Judicial no se vea presionada por una acción específica de la Función Legislativa”. La calificación del proceso se dio por unanimidad de los cuatro vocales presentes: Serrano, Torres, Carlos Bergmann (AP) y Donoso. Las otras tres vocales, oficialistas, no participaron: Viviana Bonilla, Verónica Arias y Soledad Buendía. Bonilla señaló, en las redes, que se ausentó por su avanzado estado de embarazo, pero agregó que es pertinente dar paso al enjuiciamiento porque sí cumplía con los requisitos. Buendía llegó al Legislativo, pero no se quedó, argumentó que no podía legitimar una injusticia y rechazó la calificación, porque dijo que no cumple con los requisitos. Serrano la contradijo. Sostuvo que, entre el primer pedido de juicio político contra Glas y este segundo, “las diferencias son sustanciales”. La prueba presentada y las 28 aclaraciones “son legales y cumplen con la Constitución”. Además, detalló que ahora sí tienen que ver con delitos contra la administración pública. Torres aclaró que esta vez se dejó por fuera del expediente el caso Caminosca, solo permanecen tres: Petroecuador, Odebrecht y el campo Singue. Este último se incorporó por el pedido de la Contraloría de destitución contra Glas, por responsabilidad administrativa culposa, en la adjudicación del contrato de explotación petrolera de dicho campo. El abogado del Vicepresidente, Eduardo Franco Loor dijo que “en el Ecuador están imperando las necesidades políticas por encima de la verdad, de la razón y de la juridicidad”. Y advirtió que “lo que ha hecho el CAL es un atentado a la Constitución misma”. Su argumento es que en la Carta Magna no se contempla la asociación ilícita como causal de juicio político, por lo que pidió a la Corte inadmita la solicitud.

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