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En junio estaría vigente la ley para ayudar a Manabí y Esmeraldas

Las medidas propuestas por el Ejecutivo son temporales. En el proyecto existen exoneraciones y beneficios tributarios para damnificados de las 2 provincias. Redacción Economía El tiempo empezó a correr para que la Asamblea apruebe el paquete de medidas económicas, con las que el Gobierno aspira a recaudar más de $ 1.000 millones para enfrentar la situación que atraviesan las provincias de Manabí y Esmeraldas, producto del terremoto de 7,8 grados, que sorprendió al país la noche del sábado 16 de abril. La Comisión de Régimen Económico sería la encargada de dar trámite al proyecto de Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por las Afectaciones del Terremoto. La norma que fue entregada a la Asamblea el pasado 21 de abril, debe ser procesada en 30 días, por lo que entraría en vigencia en junio. Además de las víctimas mortales, heridos y pérdidas en infraestructura, a consecuencia del terremoto se han dejado de exportar $ 4 millones diarios desde Manabí y $ 100 mil diarios desde Esmeraldas, recoge la norma. Aunque todavía no existe un balance oficial sobre el monto al que ascenderían las pérdidas en las zonas afectadas, en el proyecto de ley se “estima que la reconstrucción de los bienes e infraestructura requeriría entre 2 y 3 años, y representaría aproximadamente entre 2 y 3 puntos del PIB del Ecuador, es decir dos mil o tres mil millones de dólares”. Bajo estos argumentos se definieron 27 artículos, 4 disposiciones generales y 5 transitorias que desarrollan las medidas anunciadas previamente por el presidente de la República, Rafael Correa. Los recursos obtenidos serán administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Contribución por ingreso mensual Como se indicó antes, el aporte de un día de sueldo se lo hará acorde al nivel de ingresos, a partir de $ 1.000, sin incluir las horas suplementarias o extraordinarias. No serán consideradas las pensiones jubilares y beneficios sociales establecidos en el Código del Trabajo y en la Ley de Seguridad Social, incluidas las utilidades del trabajador. La medida aplicará para los trabajadores en relación de dependencia, del sector público y privado, así como para las personas que brindan servicios profesionales. La tarifa mensual para todos los contribuyentes será de 3,33% de sus ingresos. Quienes ganen entre $ 1.000 y $ 2.000 aportarán una sola vez; de $ 2.000 a $ 3.000 lo harán dos veces; de $ 3.000 a $ 4.000 serán 3 veces; de $ 4.000 a $ 5.000 aportarán 4 veces; y quienes perciban desde $ 5.000 en adelante lo harán por 5 meses. Están exentas las personas que ganen menos de $ 1.000, aquellas que presten sus servicios en los lugares afectados de Manabí y Esmeraldas, y las personas inscritas en el Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE). Quienes incumplan con la aportación serán sancionados con una multa del 3% de los valores adeudados. Aporte sobre el patrimonio Las personas con patrimonios que sobrepasen $ 1 millón contribuirán con un 0,9%, por una sola vez. Para el cálculo se tomará en cuenta a los ecuatorianos que residen dentro y fuera del país. Para el caso de los ciudadanos que habitan en la nación, se contemplará el patrimonio proveniente de bienes y derechos existentes dentro y fuera del país. Mientras que para los que viven fuera se calculará sobre el patrimonio proveniente de bienes y derechos existentes en Ecuador. La contribución se declarará y pagará en el mes siguiente que entre en vigencia la ley. El incumplimiento será sancionado con una multa del 3% del valor a pagar. Pago sobre las utilidades Al igual que la mayoría de medidas, esta también se ejecutará por una vez y podrá estar sujeta a facilidades de pago por un plazo máximo de hasta 3 meses. Se aplicará la tarifa de 3% a las sociedades que hayan generado utilidades en el ejercicio fiscal 2015, así como las personas naturales que hubieren obtenido ingresos de fuente ecuatoriana en el mismo período, distintos a los ingresos en relación de dependencia. Están exentos los ciudadanos que tengan una base imponible inferior a $ 12 mil, al igual que las personas naturales y sociedades que hayan sido afectadas por el sismo. Incremento del IVA por un año A través de la disposición transitoria primera se eleva la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 14%, por un período de hasta un año, a partir del primer día del mes siguiente a la publicación de la normativa. El Presidente aseguró que, mediante un decreto ejecutivo, podrá suspender la vigencia de la medida antes de cumplirse un año. Aquello dependería de la evolución del precio del petróleo y el comportamiento de la economía nacional. Para los residentes de Manabí y Esmeraldas se determinará una compensación o devolución monetaria, equivalente al incremento de 2 puntos porcentuales del IVA. (I)

Esta noticia ha sido publicada originalmente por Diario EL TELÉGRAFO bajo la siguiente dirección: http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/ecuador/1/en-junio-estaria-vigente-la-ley-para-ayudar-a-manabi-y-esmeraldas